El principal motivo de la subida del IVA (+2% en el tipo Normal y +1% en el Reducido) es recaudatorio, el Estado necesita obtener más ingresos para sufragar el déficit en el que se encuentra actualmente.
Una de los efectos de la subida del IVA, anunciada para Julio de 2010, es la activación de los mercados, de forma que se realicen los movimientos financieros más importantes con anterioridad a la entrada en vigor de los nuevos tipos.
El mercado inmobiliario no es ajeno a esta tendencia, puesto que el tipo para vivienda pasará del 7 al 8%.
Después de la supresión de los 400 euros en el IRPF, la subida de mayor calado aprobada ayer por el Gobierno es la subida del IVA. Este impuesto grava el valor añadido en toda la cadena de producción de bienes y servicios y, finalmente, lo paga el consumidor. En España existen tres tipos diferentes, el que grava los bienes y servicios de primera necesidad o superreducido, el reducido y el general.
El Gobierno ha decidido no aplicar la subida al tipo superreducido y sí a los otros dos. Así, el primero se mantiene en el 4%, mientras que el reducido pasa del 7% al 8% y el general, del 16% al 18%. Con ello, se quiere recaudar 5.150 millones de euros más entre 2010 y 2011. La mayoría, a obtener dentro de dos años, ya que la medida entrará en vigor el 1 de julio de 2010 y, en la práctica, solo tendrá efectos en la declaración que presenten las empresas en el último trimestre del año que viene.
Frente a medidas como la retirada de los 400 euros que entra en vigor el 1 de enero de 2010, la del IVA se ha dejado para el momento en que se cree que la economía española empezará a tirar. La vicepresidenta y ministra de Economía, Elena Salgado, así lo justificó durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Según sus previsiones, será en la segunda mitad de 2010 cuando se saldrá de la recesión.
El otro argumento que esgrimió la vicepresidenta económica es que España tiene margen en relación a sus socios comunitarios para subir el IVA. Con los nuevos tipos, España quedaría aún por debajo de Alemania (19%) en el tipo medio, Francia (19,6%), Italia (20%) o Portugal (20%).

(fuente: QUE!)
Tipos de IVA:
- IVA generalizado. Se aplica a los productos de carácter general, desde la ropa, electrodomésticos, tabaco, bebidas alcohólicas y todo aquel que no se especifique en los otros dos apartados. A partir de la reforma del IVA aprobada hoy por el Consejo de Ministros, estos productos se gravarán desde julio de 2010 con un 18%, frente al 16% con el que se gravaba hasta ahora.
- IVA reducido: Los bienes y servicios en esta categoría pasarán a soportar a partir de julio de 2010 un IVA del 8% frente al 7% actual. En esta categoría se incluyen una amplia y variada gama, desde la entrada a espectáculos culturales (cine, teatro, toros), servicios de hostelería (restaurantes, bares), vivienda, transporte de viajeros, pasando por peluquerías, servicios prestados por intérpretes y artistas, gafas graduadas, hasta los servicios funerarios.
- IVA supereducido: Los bienes y servicios de primera necesidad se gravan con un 4% sobre su valor, como son la mayoría de los alimentos (pan común, huevos, quesos, verduras, hortalizas, frutas…) medicamentos, las viviendas de protección oficial.
(fuente: EL PAIS)